Una delegación de la Organización Colegial Veterinaria (OCV), encabezada por su presidente, Gonzalo Moreno, se ha reunido hoy con responsables del Ministerio de Agricultura y de la Agencia Española del Medicamento y Producto Sanitario (AEMPS), para explicar su propuesta de modificación del RD 666/2023, en lo concerniente a la libertad de prescripción, preeminencia del juicio clínico en el uso de antimicrobianos, cesión de medicamentos en el acto clínico y reducción de la carga burocrática.
La OCV ha estado representada, además, por Luis Colmenar, veterinario de animales de producción; María Luisa Fernández, veterinaria de animales de compañía, y Juan José Jiménez, director del Servicio Jurídico, mientras que por parte del Ministerio han asistido Emilio García Muro, director general de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal; José Luis Sáez, subdirector general de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad; Ana Fernández, subdirectora adjunta; Gemma López Orezco, jefa del Área de Higiene y Responsable de Medicamentos Veterinarios, y Luis Arroyo, asesor jurídico.
Por su parte, la AEMPS ha estado representada por Consuelo Rubio, jefa del Departamento de Medicamentos Veterinarios; Ramiro Casimiro, jefe adjunto; Cristina Muñoz, jefa de Área de Procedimientos Centralizados Europeos, y Carmen Sánchez, jefa del Área de Gestión.
En lo que se refiere a la libertad de prescripción, la OCV considera que debe atenderse de manera prioritaria al criterio clínico del veterinario, y, por tanto, cuando concurran circunstancias clínicas no previstas en la autorización de comercialización, y que así lo justifiquen en un paciente, siempre sobre la base del juicio clínico del veterinario y atendiendo a la necesidad de garantizar el bienestar físico del animal, el facultativo pueda ajustar el tratamiento de un medicamento con respecto a lo indicado en su ficha técnica. De ese modo, se podrá garantizar un efecto suficiente y eficaz con el menor riesgo posible de aparición de acontecimientos adversos.
Respecto a la prescripción y uso de medicamentos antimicrobianos, la Organización solicita que las actuales restricciones sean consideradas recomendaciones, en línea con las previsiones del Reglamento 2019/6, facilitando el uso de antimicrobianos si así lo justifica el criterio del profesional (considerando, por ejemplo, que no sea siempre necesario el test de sensibilidad) y que se atienda al juicio clínico del veterinario cuando las fichas técnicas de producto no contengan información actualizada.
Cesión dentro del acto clínico para completar el tratamiento
Por otro lado, en la cesión de medicamentos a sus pacientes, se ha solicitado que, en todo caso, el veterinario pueda ceder durante el acto clínico al titular o responsable de los animales los medicamentos necesarios para completar el tratamiento, salvo que se trate de medicamentos de aplicación exclusiva por el veterinario.
Además, se ha requerido la eliminación del concepto “sin ánimo de lucro” referido a la cesión, ya que impide a los veterinarios repercutir los costes que genera la gestión de los medicamentos al ofrecer este servicio público a la sociedad.
Finalmente, en lo relativo a la carga burocrática, la delegación de la OCV ha reclamado reducir de forma general los campos obligatorios a cumplimentar en las recetas. En cuanto a PRESVET, se ha solicitado la derogación íntegra del artículo 39 y del Anexo IV y, por ello, la derogación del régimen sancionador previsto en relación a la obligación de este tipo de comunicaciones en la vigente Ley 8/20023, de Sanidad Animal.
Conviene recordar que las modificaciones solicitadas responden a la postura acordada en la última asamblea general de presidentes del Consejo General, celebrada el pasado día 28 de octubre, postura que fue respaldada por la práctica totalidad de los integrantes de la misma.
Las reivindicaciones expuestas no obstaculizan la pretensión de modificación de la vigente Ley de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios, en lo que se refiere esencialmente a la posibilidad de que los veterinarios puedan vender al por menor medicamentos, tanto los sujetos como los no sujetos a prescripción, con destino exclusivo a sus pacientes, pretensión que se ha materializado en las observaciones dirigidas al anteproyecto de ley de medicamentos y productos sanitarios, actualmente en trámite.